A vueltas con el caso Mieres

Hace unos días se publicó en esta misma web un artículo exponiendo el correo que un usuario recibió en respuesta a sus consultas sobre la Ley Sinde por parte del...

Hace unos días se publicó en esta misma web un artículo exponiendo el correo que un usuario recibió en respuesta a sus consultas sobre la Ley Sinde por parte del PP de Mieres. El texto en cuestión fue objeto de fuerte polémica, no solo por su contenido, o por su tono, sino porque desde la sede de PP de Mieres se nos remitió una carta ejercitando el derecho de rectificación y asegurándonos, en su último párrafo, «que ya hemos iniciado las actuaciones ante las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado para que procedan a la averiguación de estos hechos, que son presuntamente constitutivos de delito».

Sin perjuicio de que no tenemos ninguna duda de que los hechos no pueden alcanzar ningún calificativo penal, pero con el ánimo de ser lo más ecuánimes posibles, publicamos el ejercicio del derecho de rectificación del Partido Popular de Mieres una vez hechas las pertinentes consultas jurídicas aun cuando pudiera ser dudoso el cumplimiento de los requisitos legales para aceptar el solicitado derecho de rectificación.

Sin embargo, es importante completar la información existente sobre este asunto con nuevos elementos de juicio para conocimiento público. Tal y como señala el Tribunal Constitucional, es la formación de una opinión pública lo que garantiza la existencia de la democracia. Por tanto, es importante que los ciudadanos conozcan las cuestiones que competen a aquellos que se postulan a gobernar los asuntos públicos y para su mejor claridad, se exponen todas a continuación las relativas al caso Mieres.

En esta nota, se dice que:

1. Esta Junta Local no tiene constancia de la recepción de tal carta en nuestra dirección de mail info@ppmieres.es que es la única y exclusiva dirección que tiene el Partido Popular de Mieres.

Si bien es cierto que no recibieron el correo en la dirección mencionada, no lo es que sea la única dirección oficial de PP en Mieres. En la web oficial de PP puede verse como contacto oficial de la sede de PP en Mieres la dirección mierespp@yahoo.es, que es la dirección a la que el usuario remite su correo, entre otras muchas, y desde la que recibe la respuesta. Aquí podeis ver el encabezado de ese correo, y aquí tenéis captura del correo original del usuario, en la que aparece la dirección mierespp en yahoo como CCO.

¿Es posible que la Junta Local no tenga constancia de la recepción de un correo en una cuenta que es oficial como ya se ha acreditado? Y si es así… ¿Cómo sabe quien sea que ha respondido lo que debe responder, a quién (no solo responde a su correo, sino que también le llama por su nombre)  y además tiene acceso a una cuenta que figura como contacto oficial en la página web del Partido Popular?

2. Nadie en la Junta Local de Mieres por tanto ha podido dar la respuesta que se nos imputa puesto que ni se nos ha remitido tal mail ni hemos podido contestar a lo que no hemos recibido

Parece claro que el correo sí se recibió, y sí fue respondido del modo que todos sabemos. Lo que no sabemos es quién emitió la respuesta.

3. El Partido Popular de Mieres considera que alguien haciéndose pasar por un miembro de este partido ha pretendido intoxicar a la opinión pública y ha publicando un información absolutamente falaz que no responde ni a la manera de ser ni a la manera actuar del Partido popular de Mieres.

El PP de Mieres está en su derecho de considerar lo que estime oportuno al respecto. Lo que parece claro es que la cuenta de correo mierespp en Yahoo es una cuenta utilizada por el partido, como ya se ha demostrado, y por tanto, no parece que “alguien” haya intentado hacerse pasar por un miembro del partido. Lo que parece es que ese “alguien” es miembro del partido, ya que tiene acceso a la cuenta en cuestión.

Y sobre el resto del remitido del Partido Popular, si bien es obvio que todo ciudadano y colectivo está en su derecho de iniciar las acciones que estime oportunas, también es obvio que las anteriores pruebas (junto con las demás relevantes) serán utilizadas como defensa en el procedimiento por parte de los letrados que nos están asistiendo en este caso.